La Corte Suprema accedió a solicitar la extradición al reino de Bélgica del ciudadano chileno Miguel Ángel Peña Moreno, procesado por el homicidio en carácter de terrorista (según la justicia chilena) del senador de la Unión Demócrata Independientes (UDI) Jaime Guzmán Errázuriz.
En fallo unánime (rol 8790-2011) los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Domingo Hernández acogieron la solicitud realizada por el ministro en visita Mario Carroza.
El fallo determina que se cumplen todos los requisitos para acceder a la solicitud de extradición de acuerdo a la participación comprobada en la actualidad y las normas del Tratado de Extradición firmado entre Chile y el reino de Bélgica
“Entre Chile y el Reino de Bélgica existe tratado bilateral sobre extradición, firmado en Santiago el veintinueve de mayo de mil ochocientos noventa y nueve, canjeado el catorce de enero de mil novecientos cuatro, y promulgado el trece de marzo del mismo año. De conformidad a lo pactado en los artículos I, III, V y VI de esa convención, para que proceda la extradición de una persona que se encuentra en territorio del otro Estado, es menester que el reclamante tenga jurisdicción para juzgar el suceso delictuoso que se incrimina al extraditable, comprometiéndose ambos Estados a hacerse entrega recíproca de los individuos que se hubieren refugiado en uno de los dos países con motivo de haber sido acusados o condenados en el otro, por alguno de los delitos que enumera, entre ellos, el de asesinato, ilícitos que han de ser punibles por las leyes de los dos países, el requirente y el requerido, registrando una sanción mínima de un año de privación de libertad; y, que la acción penal no está prescrita y que no se trate de un ilícito político o conexo con aquéllos, ni de un injusto puramente militar o contra la religion”, dice el fallo.
Agrega que: “Como se advierte del pronunciamiento ejecutoriado, mediante el cual se sometió al proceso al extraditable, así como del informe de la Sra. Fiscal Judicial, todas las exigencias antes detalladas se cumplen en este caso a cabalidad, de modo que es factible acceder a la petición de extradición y proceder a su tramitación”.
De esta manera se determina que: “Se declara procedente requerir al Gobierno del Reino de Bélgica la extradición del ciudadano chileno Miguel Ángel Peña Moreno, por la responsabilidad que se le reprocha como autor de el delito de atentado terrorista con resultado de muerte en la persona del senador Sr. Jaime Guzmán Errázuriz, cometido contra la autoridad pública, tipificado en el artículo 2°,N° 3°, de la Ley N° 18.314, que determina las conductas terroristas, en consonancia con los artículos 1°, N° 1°, del mismo texto legal y 5°, letra a), de la Ley N° 12.927, sobre Seguridad del Estado”.
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