Los abogados Roberto Celedón y Matías Coll, con la asistencia técnica del médico Luis Ravanal, no se dan por vencidos y a pesar de que el juez Mario Carrozas y la Corte de Apelaciones cerraron la investigación por la muerte del ex mandatario, concluyendo que se trató de un suicidio, insisten en la tesis de que pudo haber sido asesinado.Con la idea de que la investigación de la muerte de Allende no debe cerrarse definitivamente llegaron los abogados Roberto Celedón y Matías Coll hasta el despacho del ministro en Visita y presentaron un escrito en el que cuestionan la decisión tomada por Mario Carrozas y que se sustenta en las pericias realizadas por un grupo de expertos, luego que se exhumara el cadáver del ex Presidente.
Tal decisión, confirmada el pasado 26 de septiembre por la Corte, señala que Allende sufrió una “lesión perforante de la cabeza por proyectil de arma de fuego de alta velocidad a contacto”, lo que en medicina legal puede ser atribuible al suicidio.
Según Carrozas, durante el sumario se trataron todas las tesis posibles, desde la que sostiene la autoeliminación como la que alude a la participación de personal militar en su deceso, así como la que menciona “la intervención de miembros del Grupo de Amigos del Presidente u otros colaboradores en la asistencia en el momento de su muerte”.
La resolución no satisfizo a Celedón y Coll, tampoco a Ravanal, quien hizo un informe sobre el protocolo de la autopsia a Allende y concluyó que, además de irregularidades en las pericias realizadas en el Hospital Militar, había datos que no podían pasarse por alto. Como por ejemplo que el cráneo del ex mandatario no presentaba uno sino dos impactos de bala, de calibres diversos.
Si bien los profesionales valoran en su escrito “el enorme esfuerzo investigativo” realizado por Carrozas, dicen que sus conclusiones no les producen “plena convicción”.
Basan sus sospechas en que las pericias no consideraron las alegaciones del doctor Ravanal, cuyo informe pericial del protocolo de Autopsia 2449/73 de Allende describe “un segmento de orificio redondeado, tallado a bisel externo de aproximadamente 2 o 3 cms.”, en la parte posterior de la bóveda craneana y el estallido del cráneo, lo que a juicio del referido forense y otras altas autoridades científicas consultadas, constituían la prueba de que hubo necesariamente dos disparos, provocados por proyectiles de armas distintas de distinto calibre y velocidad.
El primer disparo, según el escrito de Celedón y Coll, habría producido el orificio redondeado de salida y el segundo, concordante con una bala proveniente de un fusil de guerra, provocó el estallido de la bóveda craneana.
“Es imposible que el Presidente Allende hubiese podido accionar el fusil, estando ya herido mortalmente con una bala que ingresa por la zona frontal y lesiona en el encéfalo extensamente. A su vez, e inversamente, es imposible que hubiese recibido el referido impacto con posterioridad a la destrucción masiva del cráneo. El orden de los disparos, por una lógica evidente, es primero aquel del arma de bajo calibre y el segundo sería el del fusil de guerra, disparado bajo el mentón”, argumentan los abogados.
En el trabajo de Ravanal se sugiere al Tribunal la realización de la diligencia de exhumación, atendido que se advierte en el protocolo de autopsia una discordancia respecto de la trayectoria intracraneana del proyectil balístico disparado por el fusil de asalto AK 47 (sindicado como el arma utilizada en el hecho).
Punto importante es el número de 6 del informe, según los abogados, que se hace cargo de la dinámica de las lesiones. “Allí plantea que si en un cadáver se reconoce el estallido del cráneo al mismo tiempo que en uno de los fragmentos de la bóveda se evidencia un orificio de salida de proyectil balístico ‘tallado a bisel externo’, se debe mencionar que éste se produce en un momento anterior al estallido de la cavidad. Esto implica que se debe plantear la existencia de dos (distintos) impactos de proyectil, donde un primer disparo genera el orificio de salida y el segundo produce el estallido de la bóveda craneana. Lo anterior, permite dejar de lado la ‘hipótesis balística de dos disparos de rápida sucesión’ ya que ella pierde sustento si se plantea que ambos siguen la misma trayectoria; además la desviación que habría sufrido el proyectil como para generar una salida a nivel posterior (señalado en el protocolo de autopsia) permite plantear razonablemente que existirían al menos dos disparos de distinta trayectoria en la cavidad craneana”, señala el escrito. Y agrega: “La comprobación de la existencia de dos trayectorias y dos patrones lesionales distintos, desde la perspectiva de los conocimientos científicamente afianzados, y de la lógica más elemental, constituye una presunción grave de que en la especie no pudo haber existido una acción de tipo suicida, pues debe descartarse absolutamente la posibilidad de que el Presidente Allende, pueda haberse autoinferido dos tiros sucesivos en la cabeza, ya que cada uno de los disparos era de por si letal, atendido que atravesaron la masa encefálica. Sin embargo, esta presunción no pudo ser desvirtuada científicamente durante la investigación, puesto que gran parte del cráneo, no pudo ser recuperado con motivo de la exhumación, por no haber sido hallado el fragmento del cráneo que tenía el orificio redondeado que describía la Autopsia original”.
Los informes periciales que fueron expedidos por un equipo multidisciplinario del SML, asistido por peritos particulares convocados por la senadora Isabel Allende y designados por Carrozas, no pudo determinar ni descartar la existencia de un segundo proyectil dada la limitación por los escasos restos de cráneo que pudieron recuperar.
“Si hubo o no un segundo proyectil, ocurrió durante el mismo disparo, siguió con una diferencia de milisegundo una trayectoria similar, pero no es posible confirmar o descartar esta posibilidad mediante el examen morfológico del material óseo conservado u otras técnicas de exploración actualmente disponibles”, señalaron a coro.
Se sugiere implícitamente que habría habido un disparo con proyectiles con trayectoria similar, lo que hace imposible compatibilizar tal afirmación con aquella de la Autopsia que nos describe dos trayectorias y lesiones distintas.
“Los peritos mencionados incluso rehuyen definir si las lesiones son pre o postmortem, no haciendo, por lo demás pruebas de vitalidad de las lesiones, empleando un término inespecífico como aquel de ‘perimortem’, esto es, alrededor de la muerte, manteniéndose en una zona de ambigüedad el tema de la vitalidad”, alegan Celedón y Coll.
Para los abogados, entonces, lo único sostenible desde un punto de vista del derecho y de la ciencia biológica es que “no puede llegarse a una conclusión clara y definitiva de que estemos frente a una muerte provocada por suicidio”. Por ende, agregan, de estimarse concluida la investigación el sobreseimiento que corresponde es el temporal y no el definitivo, como lo decretó el juez. Máxime cuando, aseguran, la investigación no pudo determinar el arma específica causante de las lesiones en el cráneo del Presidente Allende así como “no se ha explicado un hecho consecuencial inevitable como es el sangramiento profuso que en una persona viva habría producido un disparo en el mentón. Las fotos, croquis y las descripciones que se hacen en el Informe de Autopsia no dan cuenta de este fenómeno vital e inevitable, pues la vestimenta del Presidente, en su parte anterior, bajo el mentón aparece sin sangre”.
Fuente: El Periodista
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