martes, 20 de septiembre de 2011

Derechos tras ser detenidos... Marchar con nuestros derechos claros.

"Nadie será sometido a torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes".


Artículo Nº 5: Declaración Universal de Derechos Humanos.
Artículo Nº 6: Pacto internacional de Derechos civiles y Políticos (vigentes en Chile desde el 29 de abril de 1989)
Artículo Nº 5 inciso 2: Convención Interamericana de Derechos Humanos (vigente en Chile desde el 5 de enero de 1991)
Artículo Nº 93 letra g: Código Procesal Penal.


"Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano"


Artículo Nº 5 inciso 2: Convención Interamericana de Derechos Humanos.
Esta legislación internacional ha sido subscrita por el estado Chileno, está vigente y es obligatoria para todos los funcionarios públicos. Quienes no la respeten deben ser denunciados y sancionado por las autoridades pertinentes.
Por tanto, si un funcionario o grupo de funcionarios policiales te somete a tratos crueles, inhumanos o degradantes, tienes el deber de denunciarlo, para que se puedan iniciar acciones legales en su contra. (con el organismo de DDHH que te rinde la confianza suficiente)


Al ser detenido por carabineros o investigaciones tienes derecho a:

  • Ser tratado con el respeto debido a tu calidad de ser humano.
  • Ser informado de los motivos de tu detención.
  • Ser llevado a un lugar público de detención.
  • El funcionario aprehensor debe informar la detención al fiscal del Ministerio Publico en un plazo no mayor a 12 horas. En un plazo máximo de 24 horas, debes ser llevado a presencia de un Juez.
  • No tienes la obligación de declarar ante la policía o el Fiscal; tienes derecho a guardar silencio. Si decides declarar no éstas obligado a hacerlo bajo juramento.
  • Si no eres conducido ante un juez en 24 horas, si tu detención fue injusta o arbitraria, o se llevó a cabo sin cumplir los requisitos legales tú o cualquier persona a tu nombre, puede interponer RECURSO DE AMPARO ante la Corte de Apelaciones. 
  • El Recurso de Amparo también puedes presentarlo ante cualquier privación perturbación o amenaza ilegal o arbitraria a tu libertad y seguridad.
  • Además tú o cualquier persona a tu nombre puedes presentar RECURSO DE AMPARO ante un Juez de Garantía para que examine la legalidad de tu detención y las condiciones en que te encuentras. Este recurso puede presentarse por escrito o en forma verbal.
Importante: Si al momento de la detención, no se te notifica de los motivos y no se te informa de tus derechos... NO FIRMES NADA EN LA COMISARÍA..!!

ANTE EL JUEZ, TIENES DERECHO A:
    • Que se te informe de manera clara y especifica de las acusaciones y los derechos que te reconocen la Constitución y las leyes.
    • Ser asistido por un abogado dese el inicio de la investigación.
    • Pedir al fiscal las medidas necesarias para aclarar tu inocencia .
    • Solicitar al Juez que te cire a una Audiencia para declarar respecto a los hechos sujetos a investigación.
    • Guardar silencio en caso de consentir en declarar, a no hacerlo bajo juramento.
  • SI ERES PRIVADO DE LIBERTAD, TIENES DERECHO A:
  1. La guardia del recinto de detención debe informar a tu familia o amigos de que estás detenido, las razones de esto y el lugar donde te encuentras.
  2. Ser conducido sin demora ante el tribunal que ordenó la detención.
  3. A solicitar del tribunal el beneficio de libertad. 
  4. Recibir sin restricción la visita de un abogado, a quien puedes informarle si has recibido malos tratos.
  5. A conversar privadamente con tu abogado.
  6. Salvo expresa orden del tribunal de incomunicarte (situación que no puede ser mayor a 10 días).
  7. Tienes derecho a recibir visitas
  8. Comunicarte por escrito o cualquier otro medio.
Abogados que te pueden ayudar:

Defensoría Popular: 6961814, Santiago. En este caso si fuiste testigo de un atropello a los derechos humanos. Llevar anotado: los datos de la victima, tales como; nombres completos, Rut, domicilio conocido y el relato completo y conciso de lo que pasó, si puedes exponer con pruebas fotográficas o testigos. Para no saturar a la defensoría popular.
Corporación de Asistencia Judicial: Agustinas #1419 horario de atención de 9 am a 18 pm. Fonos: (02) 7827978 -(02)7827931     

Observadores de Derechos Humanos

PRENSA GRÁFICA CALLEJERA
Francisca E.

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