A propósito del dictamen de la Contraloría que estableció que el cabo Walter Martínez, condenado a tres años y un día, pero con el beneficio de libertad vigilada, por provocar la muerte del comunero mapuche Matías Catrileo en 2008, puede seguir ejerciendo funciones normales dentro de la institución, Beatriz Sánchez conversó en ADN Hoy con Jorge Contesse, Abogado experto en DD.HH.
“Mi interpretación es que, si el legislador no quiere que las personas que hayan sido condenadas por delito, aun cuando hayan recibido beneficios, siquiera postulen a Carabineros, con mayor razón, una persona en servicio que haya sido condenada por un crimen o simple delito, evidentemente no puede seguir prestando servicios”
En ADN Radio, el abogado aseguró que la interpretación del juicio es incorrecta, y aseguró que “hay una incongruencia con la regla general de la administración del Estado, ahí dice que una persona que ha sido condenada por un crimen o simple delito, simplemente es inhábil y debe dejar sus funciones. Entonces, ¿por qué en caso particular de Carabineros, donde tiene que haber una exigencia aun mayor respecto a una persona que ha cometido un delito, el contralor entiende que esa disposición no se aplica?”.
Finalmente, criticó la labor del Contralor y su dictamen."Todos los órganos del Estado, por mandato constitucional, tienen el derecho y la obligación de respetar y promover los Derechos Humanos”. “Lo que hace el contralor en este dictamen es todo lo contrario, porque con su interpretación, los derechos no se respetan ni se promueven, sino que se debilitan”.
“Mi interpretación es que, si el legislador no quiere que las personas que hayan sido condenadas por delito, aun cuando hayan recibido beneficios, siquiera postulen a Carabineros, con mayor razón, una persona en servicio que haya sido condenada por un crimen o simple delito, evidentemente no puede seguir prestando servicios”
En ADN Radio, el abogado aseguró que la interpretación del juicio es incorrecta, y aseguró que “hay una incongruencia con la regla general de la administración del Estado, ahí dice que una persona que ha sido condenada por un crimen o simple delito, simplemente es inhábil y debe dejar sus funciones. Entonces, ¿por qué en caso particular de Carabineros, donde tiene que haber una exigencia aun mayor respecto a una persona que ha cometido un delito, el contralor entiende que esa disposición no se aplica?”.
Finalmente, criticó la labor del Contralor y su dictamen."Todos los órganos del Estado, por mandato constitucional, tienen el derecho y la obligación de respetar y promover los Derechos Humanos”. “Lo que hace el contralor en este dictamen es todo lo contrario, porque con su interpretación, los derechos no se respetan ni se promueven, sino que se debilitan”.
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