martes, 4 de noviembre de 2014

Con el nuevo proyecto de Ley antiterrorista.

El proyecto que modifica la Ley Antiterrorista contempla la utilización de agentes encubiertos y limita el plazo de investigación a los fiscales que indaguen este tipo de causas.


La información fue comunicada este lunes por el ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Peñailillo, a los miembros de la Comisión de Constitución del Senado, durante una reunión en La Moneda. Entre los asistentes se encontraban el senador PPD Felipe Harboe, su par de la UDI Hernán Larraín y el represente de RN Alberto Espina.


En el caso del agente encubierto, éste deberá ser funcionario policial y además autorizado por un juez de garantía a solicitud del Ministerio Público.


El efectivo estará exento de responsabilidad penal de los delitos en que deba incurrir o que no hayan podido impedir, siempre y cuando sean cometidos en el marco de la autorización judicial respectiva y como consecuencia del desarrollo de la investigación que llevan.


Respecto a los plazos, la nueva normativa contempla hasta tres años para las indagaciones y el Ministerio Público deberá guardar secreto de la investigación, pero las diligencias secretas tendrán que registrarse en un archivo especial.


Asociación y terrorista solitario


La iniciativa, además, incorpora los conceptos de "asociación criminal terrorista" y la "delincuencia terrorista". También persigue crímenes cuyo propósito sean "socavar o destruir el orden institucional democrático, imponer exigencias a la autoridad política, arrancar decisiones de ésta".


Asimismo, sanciona a quienes pretendan "afectar gravemente el orden público o infundir temor generalizado de pérdida de los derechos fundamentales".


La normativa considera el término de "asociación criminal terrorista" a aquella que tengan la finalidad de cometer crímenes de lesa humanidad y genocidio.


En ese sentido, sanciona a sus integrantes de la siguiente forma: El integrante que fundado o contribuido a fundar esta asociación o quien provea de financiamiento a la misma, el que activamente integra a la asociación y el que directa o indirectamente solicite, ofrezca, recaude, gestione o provea fondos destinados al financiamiento.


También se incluyó una sugerencia realizada por RN, respecto de las personas que cometan esté tipo de delitos en forma solitaria.


En ese sentido, el cuerpo legal sanciona a quienes actúan "con los propósitos terroristas de una organización o asociación terrorista, aunque sin pertenecer a ella".


Se suman "quienes habiendo participado de la ejecución de alguno de los delitos graves, señalados en la ley, hubiesen adscrito o adherido positivamente a los propósitos concretos de perpetración de los crímenes señalados, manifestados por organizaciones nacionales o extranjeras, sea que el medio de adhesión positiva fuese electrónico, telefónico, la participación en redes sociales o cualquier otro".


Política de Estado


Tras la cita con los senadores, el ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo, sostuvo que la iniciativa "se hace cargo del terrorismo tal como está concebido hoy día en el mundo".


"Al mismo tiempo permite objetivamente a los jueces aplicar las sanciones que corresponden, considerar lo que es el terrorista individual. Por otro lado tener técnicas de investigación equivalentes a la Ley 20 mil (de Drogas). Por lo tanto muchas más atribuciones para los fiscales y con el resguardo del juez de garantía", añadió.


El senador Alberto Espina, en tanto, agradeció al secretario de Estado por haber abordado la materia del terrorismo como "una política de Estado", porque "proteger a los chilenos -dijo- es un deber y por lo tanto tener una ley Antiterrorista eficaz, que permita identificar, detener y encarcelar a quienes cometen estos delitos es fundamental".


Su par Hernán Larraín compartió lo anterior, señalando que "el aumento de la delincuencia y victimización, sumado al incremento de delitos terroristas nos obliga a pensar que estamos en una situación compleja, que tenemos que abordar en forma conjunta".


Por su parte, el senador Felipe Harboe, sostuvo que el proyecto entregado "permitiría hacer que la actual ley sea mucho más eficaz, porque ya no se va a tener que probar un elemento subjetivo son las intenciones".


"Va dar más facultades a los fiscales para poder investigar con mayor eficiencia y a los jueces para poder juzgar con mayor eficacia y así, dar una señal clara de que en Chile estamos todos unidos para preservar la paz social", concluyó.* Se legitiman los agentes encubiertos (antes ya lo habían, hoy lo oficializan), dicho efectivo policial estará exento de responsabilidad penal en que deba incurrir o que no hayan podido impedir, siempre y cuando sean cometidos en el marco de la autorización judicial respectiva y como consecuencia del desarrollo de la investigación que llevan. Ósea, si los infiltrados cometen ilícitos terroristas estos no serán juzgados por estar dentro de la investigación, es decir, estarán permitidos a cometer ilícitos terroristas para culpar a los demás.
* Además, incorpora los conceptos de "asociación criminal terrorista" y la "delincuencia terrorista". También persigue crímenes cuyo propósito sean "socavar o destruir el orden institucional democrático, imponer exigencias a la autoridad política, arrancar decisiones de ésta".
*Sanciona a quienes pretendan "afectar gravemente el orden público o infundir temor generalizado de pérdida de los derechos fundamentales".
*Sanciona a los integrantes de "supuestas" redes terroristas: quien funda o contribuya a fundar alguna asociación o quien provea de financiamiento a la misma, el que activamente integra a la asociación y el que directa o indirectamente solicite, ofrezca, recaude, gestione o provea fondos destinados al financiamiento.
*No podía faltar la sugerencia realizada por RN, respecto de las personas que cometan esté tipo de delitos en forma solitaria.
* Sanciona a quienes actúan "con los propósitos terroristas de una organización o asociación terrorista, aunque sin pertenecer a ella".
* "quienes participen de la ejecución de algún delitos grave, señalados en la ley, hubiesen adscrito o adherido positivamente a los propósitos concretos de perpetración de los crímenes señalados, manifestados por organizaciones nacionales o extranjeras, sea que el medio de adhesión positiva fuese electrónico, telefónico, la participación en redes sociales o cualquier otro". Es decir, se seguirán metiendo en la intimidad de nuestros correos electrónicos, antes en secreto, ahora OFICIAL...

Estamos cagados, si la antigua ley Hinzpeter la hallábamos una arbitrariedad, hoy me parece que es una aberración en todas sus letras.
 

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